A 14 semanas aumenta licencia de maternidad - La Crónica del Quindio - Julio 6 2011
Con la sanción presidencial que logró la ley 1468 de junio 30 de 2011, y que modificó el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, se estableció que en Colombia la licencia remunerada otorgada por concepto de maternidad será de 14 semanas, dos más que lo estipulado en el régimen anterior.
Con la disposición, que busca evitar los partos improvisados y disminuir los riesgos que estos podrían originar en la salud de la madre y el bebé —entre los que se encuentran infecciones, malformaciones e incluso la muerte—, Colombia se ajustó al estándar manejado por la Organización Internacional del Trabajo, OIT.
La medida se extiende a las madres, pero también a los padres reales y adoptantes que hayan perdido a su compañera durante el parto; mientras que en caso de partos múltiples el periodo se ampliará a 16 semanas. No obstante este tipo de licencia será incompatible con la de calamidad doméstica.
Por último determina la obligatoriedad del empleador de otorgarla por lo menos dos semanas antes de la fecha probable de parto y estará a cargo de la EPS a la que cotiza la empleada.